OBJETIVOS Y HECHOS

AGUSTÍN MORENO(18)

Tras la campaña propagandística por el empleo de 1996, los sindicatos se trazaron los siguientes objetivos ante la negociación con la Patronal CEOE-CEPYME de un acuerdo sobre la reforma laboral:

crear empleo

reducir sustancialmente la precariedad

mantener garantías suficientes frente al despido

avanzar en la participación, poder sindical y laboral en la organización del trabajo, negociación colectiva, etc.

mejorar ampliamente la contrarreforma laboral de 1994

Pues bien, los términos del acuerdo, que se acaba de cerrar tras as reuniones celebradas por Cuevas, Gutiérrez y Méndez, no cumple ninguno de estos objetivos. Veamos.

1º) No va a crear empleo porque olvida todo lo relativo a la política económica y presupuestaria, no va a abordar el desarrollo de políticas industriales activas, no va a reducir la jornada laboral ni la edad de jubilación, ni se plantea revisión alguna del modelo neoliberal de construcción europea aprobado en Maastricht.

Lo cierto es que el acuerdo suscrito por patronal y sindicatos se ha situado en el contexto del mayor ajuste económico y presupuestario y de la privatización de buena parte del sector público empresaria[. Por lo tanto, este acuerdo no va a crear empleo y puede darse el caso de que su aplicación se produzca en medio de una fuerte desaceleración y destrucción de empleo. No en vano las políticas económicas regresivas que impone Maastricht están provocando un freno al crecimiento económico en los países europeos y fuertes aumentos del paro, como se ha podido observar en Alemania y Francia.

2º) No va a reducir la temporalidad por varias razones:

Porque no restablece el principio de causalidad, reivindicación histórica de los sindicatos y que parece ahora olvidada; porque van a seguir utilizándose los contratos temporales de obra y servicio, y eventual por circunstancias de la producción en fraude de ley como viene sucediendo ahora;

Porque la nueva figura que se crea de contrato falsamente «indefinido» con baja indemnización no va a sustituir a los actuales contratos precarios, sino a los actuales contratos indefinidos, imponiéndose tendencialmente como casi la única figura de contratación semiestable en el futuro;

Porque, en el fondo, los sindicatos están aceptando el contrato que la patronal y la derecha venían defendiendo desde hace tiempo como fórmula para abaratar el despido; el contrato que ahora defienden los sindicatos es muy parecido al contrato Farreras o al defendido por sectores conservadores de la doctrina, sobre todo si tenemos en cuenta que, con la nueva regulación que se pretende pactar en paralelo del despido, se descausaliza en buena medida el despido. Esto puede generar una situación de inseguridad permanente para millones de trabajadores.

3º) No mantienen siquiera las garantías frente al despido, sino que aumenta la indefensión de los trabajadores y trabajadoras:

Al modificar el artículo 52.c y al pretender incluir conceptos tan vagos como que el despido «ayude a superar la situación o dificultades de la empresa», o que se produzca «para mejorar su posición en el mercado y su capacidad de respuesta a la demanda» o «teniendo en cuenta la posición competitiva de la empresa en el mercado».

Redactar en estos o parecidos términos el artículo 52.c equivale a abrir un coladero en el despido de tal manera que la inmensa mayoría de los despidos los declaren procedentes y con una indemnización de 20 días los Juzgados de lo Social, objetivo último de este acuerdo por si a alguien se le había olvidado. Por ello, de nada sirve que se siga manteniendo los 45 días por año, cuando los despidos que se declaren improcedentes van a quedar como una figura de arte y ensayo, reducidos a la mínima expresión, y generalizándose los 20 días para la inmensa mayoría de los despidos. Si hubiera esta concesión sindical en el abaratamiento del despido, significaría en la práctica una generalización de la precariedad e inseguridad de los trabajadores y poner en la picota a millones de ellos que tienen empleo fijo.

Al aceptar de hecho el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores y toda la contrarreforma laboral de 1994 en materia de despido: ampliación de causas (organizativas y productivas), concepto de despido plural, con `p' de putada, que permite despedir en un año a casi el 40 % de la plantilla sin ningún tipo de participación sindical por ¡considerarlos despidos individuales!

Con la nueva regulación del despido que se pretende, se descausaliza y desregula más el despido, reduciendo de hecho la tutela judicial, con la consecuencia inmediata de un abaratamiento del despido y el consiguiente estímulo empresarial a despedir y no a contratar.

Las concesiones sindicales en el despido, pueden provocar un peligroso efecto de sustitución de actuales fijos por contratos de mayor inseguridad o derechos.

4º) No se avanza en mecanismos de mayor intervención sindical. No aparecen, de momento, elementos legales ni convencionales de mayor participación. Al contrario, por lo dicho más arriba, parece que se va a aceptar el concepto de despido individual y plural sin ningún tipo de intervención sindical, consagrándose de esta manera la discrecionalidad empresarial en materia de despido. Si las cosas quedan así, aumentará el poder empresarial, en definitiva. Si, tal y como quiere la patronal, se aceptara mayor flexibilidad en el despido en la pequeñas empresas, donde la presencia sindical en muy baja, en vez de avanzar en participación y garantías sindicales se consagraría el reino de la discrecionalidad empresarial.

5º) No sólo no mejora la contrarreforma laboral, sino que se avala y empeora en materia de despido, que era la pieza a cobrarse por la patronal en esta negociación. Ello no significa que no vaya a haber alguna modificación positiva de los disparates del contrato de aprendizaje.

En resumen, por todo lo dicho, no estamos ante un acuerdo para el empleo, sino ante un pacto para el despido, pacto social que hará más fácil, barato y discrecional el despido de los trabajadores y trabajadoras. Desgraciadamente, en estas negociaciones se puede producir la lamentable situación de que los sindicatos que iban a por ana vayan a salir trasquilados.

CAUSAS, CONSECUENCIAS Y PREVISIÓN

¿Por qué lo que empezó siendo la negociación de un acuerdo por el empleo ha terminado siendo un recorte de derecho laborales y un abaratamiento de el despido? Se pueden apuntar un par de causas, dos posibles efectos y una previsión:

1º) Se ha aplicado una estrategia sindical suicida e inútil. Cuando se plantea una negociación en la dicotomía de «el acuerdo o el caos», sin líneas de repliegue, sin plantearse la hipótesis de la movilización, se acaba metiendo la negociación en un callejón sin salida de tal manera que se aboca a los sindicatos a firmar en barbecho lo que ponga la otra parte (en este caso la CEOE) encima de la mesa. (A veces dicen más los gestos que los sermones, y en este sentido, es bastante inquietante la sonrisa, la suficiencia y la satisfacción de Cuevas cuando hace declaraciones en las televisiones sobre la consecución y bondad --para ellos-- del acuerdo).

Esta estrategia sindical es suicida para los intereses de los trabajadores, pero no es un error del aparato. Algunos saben muy bien lo que hacen y no se equivocan; moderan y derechizan la política del sindicato de forma muy consciente. Creen poder firmar cualquier retroceso social desde la impunidad, como ya hicieron con las pensiones, sin participación democrática de los afiliados y sin más argumento sindical que el del posibilismo.

Pero claro, ese posibilismo ramplón de que no hay más cera que la que arde, sólo vale para que algunos se busquen la vida y su supuesta respetabilidad mediática, pero no sirve para resolver los problemas de los trabajadores, al contrario, los suele agravar. De ahí el carácter inútil de esta estrategia.

No hay ninguna exageración en cuanto al retroceso. El periódico 5 DÍAS titulaba el 12 de marzo, en primera página: «El despido a 45 días, RIP». Posteriormente, en páginas interiores, titula «Los sindicatos aceptan un despido entre 20 y 45 días para los nuevos contratados fijos» y antetitula: «Comienza el entierro de los 45 días». El texto dice, entre otras cosas, lo siguiente: «Los sindicatos entraron por el aro, y empiezan a hablar el mismo lenguaje que la patronal. Tras veinte años negándose a ello, ayer admitieron la necesidad de abaratar el coste del despido improcedente ».

Más adelante dice que Gutiérrez añadió que «en aras del acuerdo hacemos esta nueva propuesta, con un contrato de rescisión más barata, para que pierdan el miedo a contratar, que era lo que nos pedían; tenían miedo a los 45 días, ya se lo hemos quitado». Continúa el periódico «Esta oferta, se parece mucho a la que en su día presentó la patronal y que suponía únicamente añadir un plus de indemnización a los despidos objetivos improcedentes individuales; se habló de 25 días, pero la patronal terminó retirando la oferta. Ahora vuelve, por otro camino, y con algunas variantes». Por último, el periódico acaba diciendo: «45 días: el principio del fin. Con esta maniobra de los sindicatos, sobre la que la patronal insistía desde hace al menos catorce años, cuando se afrontó, en 1984, la primera revisión del estatuto de los Trabajadores, se introduce en la legislación una rebaja estructural del despido individual, que tendrá sus efectos en contratación, probablemente de inmediato, pero sobre el despido a largo plazo. Cuando pase un plazo razonable, los trabajadores con despido a 45 días por año y 42 mensualidades serán una cantidad minoritaria, y únicamente será de aplicación el despido de los 30, 35 o los días que se establezcan».

2º) Este acuerdo beneficiaría a la derecha y al felipismo. Es muy obvio el balón de oxígeno para la consolidación de la derecha política en el poder. Este acuerdo vendría a sumarse a una larga ristra de ellos (pensiones, solución de conflictos, PER, formación, etc.) con los que el Gobierno Aznar puede presumir de ser el Gobierno con mayor productividad y eficacia en materia de pactos sociales y de menor conflictividad (la huelga del 11 de diciembre de los empleados públicos fue una anécdota en la medida en que no se le quiso dar continuidad confederal y amplitud con la coincidencia de todo el sector público empresarial). Al menos va a poder presumir de haberse ahorrado dos huelgas generales, a diferencia de los socialistas: la de las pensiones del 20 de junio de 1.985 y la de la contrarreforma laboral del 27 de enero de 1994. Pero tampoco perjudica al felipismo. Otra cosa es a los socialistas. Está muy lejos de la verdad la idea que ha circulado de que Felipe González estaba contra el acuerdo y presionando a la UGT para que no firmase. Primero porque no parece que González le de mucha importancia a estas cosas de los obreros y los derechos laborales; anda más preocupado con los temas del GAL y los jueces, la política exterior, la Unión Europea, etc. Segundo, porque el recorte laboral es probable que le parezca hasta poco a él, no siendo éste un terreno cómodo para hacer oposición ya que correría el riesgo de que más de uno le llamase sinvergüenza tras su reforma de 1.994; seguramente prefiere escoger otro campo para la oposición social como el de la enseñanza. Tercero, porque pensando en una rápida recuperación del poder, le puede alegrar que la derecha le haga en esta ocasión el trabajo sucio de recortar los derechos laborales.

Es decir, beneficiaría a todos aquellos que defienden el modelo de Maastricht y los ajustes necesarios para alcanzar, primero, la moneda única y, después, para aplicar los controles permanentes de los que habla el ECOFIN.

3º) Puede crearse una grave crisis de representatividad del movimiento sindical en su relación con los trabajadores, si finalmente se firma un acuerdo de esta naturaleza. Porque se está hablando de cosas mayores:

Abaratar y facilitar el despido en un país con un 21% de paro es contribuir a lo que es casi para algunos (trabajadores mayores de edad, con menor cualificación, mujeres) una «condena a muerte laboral», es decir, a pasar al paro de larga duración sin solución de continuidad.

Porque no es lo mismo España que Holanda, Gran Bretaña, Alemania o Francia, países con la mitad o con menos tasa de paro y donde, por lo tanto, es más fácil recolocarse cuando el trabajador resulta despedido. Por ello no hay que olvidar que la indemnización de los 45 días es una barrera frente al despido caprichoso y discrecional de los empresarios, ya que, al ser el despido libre en España (excepto en algunos supuestos muy concretos relacionados con derechos fundamentales), al menos que no sea tan barato como los empresarios quieren. Y en este sentido hay que insistir que los 45 días se pagan porque el empresario quiere despedir a un trabajador sin ningún motivo de los muchos de los que dispone para poderlo hacer: es decir, que el trabajador no roba, trabaja y rinde perfectamente, la empresa tiene beneficios, etc.

Es de esperar que nadie plantee el abaratamiento del despido como aceptación de la propaganda de la patronal de que ello contribuiría a la creación de empleo, algo que no se lo creen ni los empresarios y que sólo faltaría que se lo creyeran algunos sindicalistas.

Abaratar y facilitar con ello el despido de los trabajadores fijos que quedan es colaborar a dar un golpe de gracia a la afiliación a los sindicatos.

Este acuerdo tendría claros ribetes antisindicales, porque van a ser muchos de los actuales afiliados a los sindicatos los perjudicados, muchos más los mosqueados, asqueados y desengañados respecto a los propios sindicatos.


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